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Información al Usuario Financiero

Te invitamos a ver un video del Banco Central de la República Argentina con información relevante para todo aquel que opera en el sistema financiero.

ACUERDO UCU / BBVA – IFE (INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA)

"Proconsumer c/BBVA Banco Francés S.A. s/Sumarisimo" Expte.5790 Juzgado 1ra Instancia Civil N°3 Gualeguaychú

En virtud del Acuerdo Transaccional arribado en autos “ASOCIACION PROTECCION CONSUMIDORES DEL MERCADO COMUN DEL SUR –PROCONSUMER C/BBVA BANCO FRANCES SA S/SUMARISIMO (CIVIL)” Expte. 5790, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 de Gualeguaychú, el BBVA pone en conocimiento que otorga a todos aquellos clientes y ex clientes personas físicas consumidores y titulares de tarjetas VISA a quienes se les hubiera cobrado Comisión Por Renovación Anual desde 2012 hasta la fecha, un seguro de accidentes personales por un año, completamente gratuito y no renovable. Una vez vencido el año de vigencia de la póliza se dará de baja automáticamente, sin necesidad de pedirlo expresamente y sin generar costo alguno para el beneficiario.El acuerdo, y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio http://www.proconsumer.org.ar y http://www.bbva.com.ar. Los clientes y ex clientes alcanzados pueden obtener el certificado de cobertura otorgado ingresando en el sitio: https://www.bbvaseguros.com.ar apartado “Imprimí tu certificado de AP”

Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/BBVA Banco Francés S.A. s/ordinario

ADUC C/ BBVA BANCO FRANCES Y OTROS S/ ORDINARIO (Expte.13050 /2018)

ADUC C/ BBVA BANCO FRANCES Y OTROS S/ ORDINARIO (Expte. 26938/2018)

Acuerdo en acción colectiva por Impuesto País respecto de servicios digitales consumidos en el exterior.

PROTEGIENDO AL CONSUMIDOR - P.A.C.- c/BBVA Argentina. Expte. 116557

ASOCIACIÓN PROTECCIÓN CONSUMIDORES DEL MERCADO COMÚN DEL SUR (PROCONSUMER) C/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. S/ SUMARÍSIMO (Expte. nº 18.689/2020)

Prescripciones

La Prescripción de la obligación liberatoria operará conforme a la Normativa Legal del producto bancario que corresponda

Nueva comunicación IFE

NOTIFICACIÓN IMPORTANTE PARA CLIENTES Y EXCLIENTES QUE PERCIBIERON IFE EN BANCO BBVA SA. POR ORDEN JUDICIAL en el expediente “ASOCIACIÓN CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES

UNIDOS c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/ ORDINARIO” (COM 6906/2020) que tramita en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 30, a cargo del Dr. Sebastián I. Sánchez

Cannavó, en la Secretaría N° 59, SE LES COMUNICA que: 1. Hay en trámite un PROCESO JUDICIAL COLECTIVO iniciado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos en nombre de las

personas domiciliadas en cualquier lugar del país, que fueron beneficiarias del IFE durante el año 2020, lo cobraron a través del Banco BBVA S.A. y recibieron descuentos sobre esos importes por

distintos motivos. 2. En esta demanda la Asociación reclama que: 1) se deje de realizar todo débito o descuento del IFE; 2) se devuelva a los afectados el dinero debitado o descontado con más

intereses -a la tasa activa promedio que utiliza el banco cuando presta dinero a los clientes-; y 3) se aplique una multa civil al banco (art. 52 bis LDC). 3. Si se admite el reclamo colectivo la

sentencia se va a aplicar a todos los consumidores recién mencionados en el pto. 1) y que se encuentren en similares condiciones. Se hace saber a quienes deseen quedar incluidos en el juicio,

que no es necesario que lo informen en el expediente ni al Tribunal por correo electrónico. 4. Las personas que quieran excluirse del juicio podrán manifestar su voluntad en contra de la demanda

antes de la sentencia, mediante la presentación de un escrito en el expediente o por correo electrónico dirigido a jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar (con indicación de su nombre y DNI). 5. Por

último SE ACLARA ESPECIALMENTE que: a) no es una demanda o un reclamo dirigido contra las personas que cobraron el IFE; b) por cualquier consulta se deben comunicar con la asociación que

promovió este reclamo (correo electrónico info@ucu.org.ar); y c) el correo electrónico al Juzgado se debe dirigir únicamente para excluirse de la acción colectiva

Responsables de Atención al Usuario Financiero

Garantía de los Depósitos

Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de hasta $6.000.000. En las operaciones a nombre de dos o más personas, la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona y por depósito podrá exceder de $6.000.000, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto Nº 540/95 y modificatorios y Com. "A" 2337 y sus modificatorias y complementarias. Se encuentran excluidos los captados a tasas superiores a la de referencia conforme a los límites establecidos por el Banco Central, los adquiridos por endoso y los efectuados por personas vinculadas a la entidad financiera.

Revocación y finalización de relaciones contractuales

Los clientes podrán dar por finalizada la relación o revocar la aceptación de productos y/o servicios en cualquier sucursal de la Entidad y/o por Home Banking.

Agencias de Cobranzas que operan con BBVA

Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores- (Aduc) c/ BBVA Banco Francés S.A. y Otros s/ Sumarísimo

Acuerdo Proconsumer con BBVA

ASOCIACION PROTECCION CONSUMIDORES DEL MERCADO COMUN DEL SUR - PROCONSUMER C/ BBVA BANCO FRANCES S.A. S/SUMARISIMO (CIVIL). EXPEDIENTE No 5790

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES C/ BBVA BANCO FRANCES S.A. S/ORDINARIO Expediente N° COM 25604/2017

Promociones Vigentes

Acuerdo UNION DE USUARIOS

En los siguientes links se podrán verificar el edicto y el acuerdo de Unión de Usuarios.

Consumidores en Alerta Asociación Civil c/BBVA s/cumplimiento de contratos civiles-comerciales

Se comunica a los clientes del BBVA que en los autos caratulados: ”CONSUMIDORES ALERTA ASOC. CIVIL, C/ BBVA BANCO FRANCES SA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES Expdte. N.22665" de trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N. 14 del Departamento Judicial de Mar del Plata con sede en calle Corrientes 2395 de Mar del Plata, se ha promovido una acción de clase que persigue la ilegalidad y por ende la nulidad de la conducta que resultaría de aplicar tasas diferentes a los diversos productos cuando al entender de la ONG existiría un único producto o servicio ofrecido y contratado.

La dirección de la asociación actora es Fragata Presidente Sarmiento 46 C.A.B.A. y domicilio constituido en Castelli 2313 Mar del Plata.

Se pone en conocimiento de los clientes del BBVA la existencia de un juicio en el cual un representante adecuado litiga en su nombre por sus derechos, teniendo la facultad de ejercitar por salir de cada uno de los consumidores bancarios del BBVA, bajo constancia que serán alcanzados por la sentencia definitiva que se dicte.

En caso de querer excluirse del proceso, se deberá informar en el expediente ya citado, sin patrocinio letrado alguno, dentro del plazo de sesenta (60) días de vencido el plazo de la publicidad por vía web. Fecho y cumplida la publicidad por parte del Banco, la opción de retirarse del proceso por cualquiera de los miembros de la clase también podrá realizarse antes del dictado de la sentencia definitiva o de la sentencia homologatoria que se dicte al tiempo de arribarse a una solución alternativa del proceso, siendo requisito para ello que deberá contarse con la correspondiente representación legal (art. 56 del C.P.C.)”

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) C/ BBVA ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ORDINARIO

ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/ ORDINARIO Expediente 13050/2018

En ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/ ORDINARIO (COM 13050/2018), causa iniciada el 13/06/2018, en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo ComercialN° 17 sito en M. T. de Alvear 1840 Piso 3 CABA, a cargo del Dr. Federico Güerri, Secretaría N° 33 a cargo del Dr. Rafael Trebino Figueroa, se comunica al potencial colectivo afectado, compuesto por clientes y exclientes del banco demandado que revistan la condición de consumidores finales que en estos autos se debate el alcance de la percepción de comisiones por operaciones intersucursales en pesos en el marco de lo previsto por la Com “A” 5795 del BCRA. 

La asociación actora reclama el cese del cobro de la comisión o cargo y la correspondiente restitución a todos los consumidores finales afectados, en forma íntegra, de las sumas de dinero, más intereses, de lo percibido por dichos conceptos. 

Mientras dure el contexto de pandemia por COVID 19 los interesados podrán ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo), enviando un mail a jncomercial17.sec33@pjn.gov.ar, antes del dictado de la sentencia, con indicación de la carátula y número de expediente en el que se dirigen, su nombre, apellido y DNI. 

En caso de cesar las restricciones de circulación y/o uso de transporte público se habilita manifestar su voluntad mediante nota o carta simple (sin firma de letrado) dirigida al tribunal haciendo saber su voluntad de abstenerse) de los alcances de la cosa juzgada que resulte de la sentencia. Si la sentencia a dictarse denegare el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Podrán consultar el expediente exclusivamente de manera remota a través de la página del Poder Judicial de la Nación, o bien comunicarse con ADUC al tel. 5032­2615, o via email: info@aduc.org.ar. 

Para mayor detalle sobre el objeto del reclamo colectivo, podrán ingresar en aduc.org.ar 

Fiscales intervinientes: Dra. Mónica Susana Mauri (Primera Instancia) y Dra. Gabriela Boquin (Segunda Instancia).

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ASOCIACION CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO”, Expte. N° 6906/2020

En “ASOCIACION CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS c/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO”, Expte. N° 6906/2020, en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N°30, Secretaría N°59, ubicado en Montevideo 546, piso 6°, CABA, se dio curso formal a un proceso colectivo promovido por Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos contra Banco BBVA Argentina SA en el que: a) están involucradas las personas beneficiarias del IFE, domiciliadas en cualquier lugar del país, que cobraron durante el año 2020 este ingreso de emergencia por el sistema bancario a través de la entidad demandada y que recibieron descuentos sobre esos importes por diversos conceptos que se denunciaron ilegales; y b) se reclama el cese en la conducta de debitar o descontar del IFE cualquier suma de dinero, la devolución a los afectados de los montos deducidos con más sus intereses -conforme la tasa de la entidad para los plazos fijos en pesos- y la aplicación de una multa civil al banco en los términos del art. 52 bis de la LDC. Se hace saber asimismo que, si la sentencia admitiera la pretensión de la parte actora, hará cosa juzgada para la parte demandada y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto aquellos que manifiesten su voluntad en contrario antes de la sentencia -como requiere el art. 54 de la LDC- por escrito en el expediente o mediante un correo electrónico dirigido a la casilla institucional de la Secretaría: jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar

Aviso Importante

En atención al acuerdo conciliatorio homologado judicialmente el 18/5/2021 en el marco del expediente N° 62672/2004 ´PADEC c/ BBVA Banco Francés S.A. s/ ordinario´ que tramita por ante el Juzgado Comercial N° 25, Secretaría N° 50, BBVA Banco Francés S.A. pone en conocimiento que efectuará reintegros a favor de los clientes y ex clientes personas físicas consumidores finales y titulares de tarjetas de crédito emitidas por BBVA Banco Francés S.A. que surgen del listado correspondiente y por las sumas allí incluidas, en concepto de restitución de intereses cobrados en exceso de los límites consagrados en los arts. 16 y 18 de la Ley 25.065 en algún momento durante el período comprendido entre el 23/9/2001 y 23/9/2004. El reintegro a los clientes activos se efectuará mediante acreditación en sus respectivas cuentas a la vista dentro de los 20 días hábiles de homologado en firme el acuerdo. Los ex clientes deberán presentarse en las sucursales de ´Pago Fácil´ habilitadas en todo el país o, previa concertación de turno por correo electrónico dirigido a la dirección acuerdosjudicial-arg@bbva.com, en la sucursal del BBVA Banco Francés S.A. más cercana a su domicilio, dentro de los cinco años contados desde esta publicación, y el Reintegro será hecho efectivo contra suscripción del recibo en el mismo acto, previo cumplimiento de las verificaciones de rigor. Asimismo, los ex clientes podrán solicitar el depósito de las sumas que les correspondan en una cuenta bancaria, en cuyo caso quien o quienes hubieren optado por ese mecanismo de devolución deberán informar de modo fehaciente los datos necesarios (titularidad y CBU) mediante la presentación de nota certificada por el banco respectivo. El acuerdo, el listado de clientes y ex clientes alcanzados y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio www.pjn.gov.ar/consultadecausas; como también en www.padec.org.ar y www.bbva.com.ar y en los estrados del juzgado. En todos los casos el reintegro será único y por cuenta. Aquellos clientes y ex clientes que desearan apartarse de los términos del acuerdo, contarán con igual plazo para manifestarse por escrito en tal sentido. Los clientes y ex clientes alcanzados podrán realizar consultas mediante llamado telefónico al 0800-333-0303.