¿Qué es el Impuesto a los Ingresos Personales (ex Ganancias)?
Es un impuesto nacional que se aplica sobre tu sueldo si supera un determinado "piso" (el Mínimo No Imponible). Si bien se calcula sobre el año fiscal completo, las retenciones te las va haciendo tu empleador mes a mes como un "adelanto", para evitar que tengas que pagar todo junto al final del período.
Se trata del mismo tributo que históricamente conocemos como "Impuesto a las Ganancias”, solo que, tras las reformas introducidas por el Decreto 652/2024, pasó a llamarse “Impuesto a los Ingresos Personales (Ganancias de la Cuarta Categoría)”. Aunque su denominación técnica cambió para diferenciarlo de lo que tributan las empresas, la esencia es la misma.
¿Quiénes pagan este impuesto?
No todas las personas que trabajan deben pagar este impuesto porque el sistema es progresivo: paga más quien gana más. Para saber si debés pagarlo, tenés que mirar tu sueldo bruto y compararlo con el Mínimo No Imponible vigente. Este último se ajusta de forma automática y semestral (cada 1° de enero y 1° de julio) según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), suministrado por el INDEC.
¿Las personas jubiladas lo tienen que pagar?
Lo pagan solamente si su haber mensual supera los 8 haberes mínimos e, igual que para empleados, los montos se actualizan semestralmente por IPC. Es importante saber que este beneficio se pierde si la persona jubilada tiene otros ingresos (como alquileres) o si paga Bienes Personales.
¿Cómo se calcula el Impuesto a los Ingresos Personales (ex Ganancias)?
Calcular el monto exacto puede parecer complejo, pero la mecánica tiene una lógica clara. Para llegar al número final, se parte de tu ingreso total y se van "restando" conceptos.
1. Del bruto al neto
Primero, a tu sueldo bruto se le restan los descuentos obligatorios por ley (Jubilación, Obra Social, PAMI). Si querés profundizar, te recomendamos leer nuestra nota sobre las diferencias entre sueldo bruto y neto o usar nuestra calculadora de sueldo neto.
2. Deducciones generales y personales
Una vez que tenés esa base, se restan las deducciones permitidas (te contamos más sobre esto en la próxima sección). Acá es donde vos podés reducir la base imponible.
3. Aplicación de la escala
Sobre el monto final (la ganancia neta sujeta a impuesto), se aplica una alícuota que crece progresivamente. ¿Y qué porcentaje es el impuesto a las ganancias? Esto depende de la escala en la que te ubiques, aplicándose solo sobre el excedente del escalón anterior.
¿Qué se puede deducir?
Para pagar solo lo que corresponde, es clave que deduzcas tus gastos para reducir la base del cálculo. Esto se carga en el formulario SIRADIG (F.572 Web) a través del sitio de ARCA (ex AFIP), donde también podés consultar los valores vigentes. Las deducciones más habituales son:
- Cargas de familia: Hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo.
- Alquiler: Un porcentaje del monto que pagás por tu vivienda.
- Personal de casas particulares: Sueldos y contribuciones del personal que trabaja en tu casa.
- Servicios médicos: Cuotas de medicina prepaga y honorarios no cubiertos.
- Gastos educativos: De tus hijos a cargo (útiles, cuotas, etc.).
Un consejo: Si bien tenés tiempo hasta el 31 de marzo de cada año para cargar las deducciones del año anterior, lo ideal es hacerlo mes a mes para que el beneficio financiero de pagar menos impuesto lo veas hoy y no en un reintegro el año que viene.