Jubilación y pensión, ¿son lo mismo?
Aunque se suelen usar como sinónimos, la principal diferencia entre jubilación y pensión está en su origen.
- Jubilación: es una prestación que recibís por haber realizado aportes durante tu vida laboral. Es decir, es un derecho que generaste a través de tu trabajo.
- Pensión: se otorga por circunstancias específicas, como el fallecimiento de un cónyuge o conviviente (Pensión por Fallecimiento), por una incapacidad laboral o por vejez sin contar con los aportes necesarios (PUAM).

Jubilación ordinaria: el camino principal
Es la modalidad más común y se basa en cumplir dos requisitos clave establecidos por ley. Los requisitos generales son:
- Edad: 60 años para mujeres y 65 años para hombres.
- Aportes: 30 años de aportes al sistema de seguridad social para la jubilación ordinaria. Podés consultar tu historial de aportes en la web de ANSES para conocer tu situación.
¿Y si te faltan aportes?
Si tenés la edad para jubilarte pero te faltan años de aportes, el Estado a veces habilita planes de pago o "moratorias" previsionales. Estos mecanismos te permiten completar los años que te faltan a través de un plan de cuotas que se descuentan de tu futuro haber. Podrás ver el detalle de este y otros conceptos cuando aprendas a consultar tu recibo de jubilación.
- Importante: las moratorias no son permanentes y dependen de leyes con plazos de vigencia. Te recomendamos consultar directamente en los canales de ANSES si existe algún plan de pago disponible al momento de iniciar tu trámite.
Otras modalidades para situaciones específicas
No todos los caminos hacia la jubilación son iguales y existen otras opciones pensadas para contextos particulares.
Jubilación por edad avanzada: Esta opción es para personas de 70 años o más que no alcanzaron los 30 años de aportes. Requiere un mínimo de 10 años de aportes registrados, con ciertas condiciones sobre cuándo se realizaron.
Retiro por invalidez: Es una prestación para quienes, sin importar su edad, sufren una enfermedad o accidente que les genera una incapacidad laboral permanente (física o intelectual) superior al 66%. Una junta médica debe certificar esta incapacidad y, además, se debe cumplir con una cantidad mínima de aportes.
Jubilación anticipada: Esta no es una modalidad permanente. Ocasionalmente, el Gobierno puede habilitar por ley o decreto un régimen de jubilación anticipada. Generalmente, está destinado a personas que ya cuentan con los 30 años de aportes pero se encuentran desempleadas y les faltan hasta 5 años para alcanzar la edad jubilatoria. Dado que es un beneficio excepcional y por tiempo limitado, es fundamental que consultes en ANSES si esta opción se encuentra vigente al momento de tu consulta.
Regímenes especiales: Algunas actividades profesionales, por su naturaleza riesgosa o insalubre, cuentan con regímenes que permiten jubilarse con requisitos de edad o años de servicio diferentes. Algunos ejemplos son:
- Docentes.
- Investigadores científicos.
- Personal de casas particulares.
- Trabajadores de la construcción.
- Trabajadores agrarios.
- Aeronavegantes.
- Tareas declaradas como riesgosas o insalubres (minería, industria cárnica, etc.).
Jubilación privada: Además del sistema público, existen los fondos de retiro. Funcionan como un ahorro voluntario a largo plazo para complementar los ingresos que recibirás del Estado al jubilarte. Informarte es el primer paso para tomar las mejores decisiones sobre tu futuro y planificar esta nueva etapa de tu vida con mayor tranquilidad.
¿Sabías que es posible seguir trabajando después de haberte jubilado? Sin embargo, las condiciones y obligaciones varían drásticamente dependiendo de si el trabajo es en relación de dependencia o como autónomo. Te contamos más en este artículo.
Las principales pensiones en Argentina
Como vimos, las pensiones cubren otras situaciones. Las más importantes son:
- Pensión por fallecimiento: Corresponde a los familiares directos (cónyuge, conviviente, hijos menores o con discapacidad) de una persona trabajadora que fallece o de una persona ya jubilada.
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): Es una prestación para personas mayores de 65 años que no tienen los aportes suficientes para una jubilación. Su monto equivale al 80% de la jubilación mínima y otorga cobertura de salud a través de PAMI. Para obtenerla, se realiza una evaluación socioeconómica.
